LAS ORDENANZAS
BAUTISMO EN AGUA
Dios ha entregado a su Iglesia dos ordenanzas: El Bautismo en Agua y la Santa Cena. Se les llaman ordenanzas porque en las Escrituras existen mandamientos expresos para que los cristianos las practiquen.
El propósito de las ordenanzas es el de ofrecer símbolos materiales que ilustran verdades espirituales, con el fin de que el creyente las retenga permanentemente. Las ordenanzas no comunican por sí mismas ninguna gracia especial; los elementos materiales que participan en ellas tienen un valor puramente simbólico. Los beneficios de las ordenanzas se reciben únicamente cuando el creyente cobra conciencia de su significado y las practica en el espíritu que las escrituras señalan.
El Bautismo es la ceremonia que expresa, simbólicamente:
a) La muerte del creyente a su vida de pecado (Ro. 6:3,6).
b) Su sepultura al mundo (Ro. 6.4; Col. 2:12).
c) Su resurrección a una nueva vida (Ro. 6:4-5, 8-11).
El poseer conciencia de éstas verdades y su vivencia personal es lo que reviste al bautismo de su valor espiritual. Si no existe la experiencia de morir al pecado para resucitar a una nueva vida, la ceremonia se vuelve inválida para el que la práctica.
El Bautismo no es un requisito para la salvación; pues, ésta depende únicamente de los méritos de Cristo. No obstante, el bautismo es necesario para tener comunión real con Dios, pues, es parte de la obediencia a las Escrituras.
Aunque el valor del Bautismo se encuentra en la vivencia de su significado resulta importante; no obstante, el cuidar de las formas ceremoniales que las escrituras señalan. La primera de ellas tiene que ver con respecto a su modalidad; es decir, la manera en que debe ser hecho. Los relatos de la Escritura sugieren que el Bautismo debe ser practicado por inmersión (Mt.3:16; Jn. 3:23; Hch. 8:38), aparte de que sólo de esta manera se cumple el simbolismo de “sepultados” al mundo. La segunda es con respecto a la fórmula a emplear, que debe ser “En el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo” (Mt. 28:19).
No existe un tiempo definido entre la conversión y el bautismo en agua. Sin embargo, las evidencias escritúrales indican que el bautismo se realizaba tan pronto como fuera posible (Hch. 2:41, 8:35-38, 9:17-18, 10:47-48, 16:32-33). Esta norma debe ser seguida por los cristianos actuales.
LA SANTA CENA
La Santa Cena o Cena del Señor es la segunda de las ordenanzas. Mientras que el bautismo en Agua se recibe una sola vez en la vida, la Santa Cena es una ceremonia en la que el cristiano debe participar periódicamente.
Al igual que el bautismo, la Santa Cena no imparte por sí misma ninguna gracia especial; tanto el pan, como el jugo de la vid, tienen solamente valor simbólico. Los beneficios que la Santa Cena brinda se reciben únicamente cuando se vive, a plena conciencia, su significado espiritual.
La Santa Cena tiene varios significados. El primero de ellos es el de memorial, recordándonos los padecimientos de Cristo (Mt. 26:26-29; 1 Co. 11:23-25). El segundo, presenta la Santa Cena como una proclamación al mundo de la muerte de Cristo y su significado (1 Co. 11:26). En tercer lugar, la Santa Cena refleja la unidad y comunión que existen entre los miembros del cuerpo de Cristo (1 Co. 10:16-17).
Para poder participar de la Santa Cena, la Biblia expresa que el cristiano debe hacer un examen sincero de su vida reconciliada con él y con su prójimo al momento de participar de la Santa Cena. La obediencia se vuelve necesaria para tomar de la Santa Cena; por lo tanto, el bautismo en agua, que es parte de la obediencia a la Palabra de Dios, se convierte en requisito indispensable.